Por Bruno Cortés
La diputada federal Laura Ivonne Ruiz Moreno, integrante del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional (PRI), presentó una iniciativa de reforma al párrafo segundo de la fracción III del artículo 240 de la Ley General de Salud. La propuesta legislativa tiene como objetivo central facultar a los pasantes de medicina que realizan su servicio social o prácticas profesionales en instituciones públicas para prescribir estupefacientes exclusivamente con fines terapéuticos. La iniciativa fue turnada de manera inmediata a la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados para su correspondiente análisis, dictaminación y posterior votación en el pleno.
El diseño de esta política pública establece un protocolo rígido basado en datos clínicos previos, determinando que en el 100% de los casos debe existir una valoración, diagnóstico y prescripción inicial realizada por un médico cirujano titulado y legalmente autorizado. Los médicos en formación no poseerán facultades para iniciar tratamientos con sustancias controladas, limitando su ejercicio a la emisión de recetas subsecuentes, continuidad terapéutica o seguimiento clínico. Esta medida busca mantener el control epidemiológico y sanitario sobre los analgésicos narcóticos dentro del Sistema Nacional de Salud.
De acuerdo con el texto de la iniciativa, la actuación de los pasantes estará condicionada al cumplimiento de cuatro requisitos técnicos obligatorios supervisados por las autoridades sanitarias. En primer lugar, los estudiantes deberán contar con una capacitación certificada en farmacología clínica, prescripción racional de opioides y prevención de la farmacodependencia. En segundo término, el proceso de prescripción se ejecutará obligatoriamente mediante sistemas institucionales de control y trazabilidad digital automatizados, impidiendo el uso de talonarios físicos desregulados.
Como tercer y cuarto factor de control, la reforma restringe la aplicación de esta medida exclusivamente a unidades médicas ubicadas en zonas rurales, marginadas o con insuficiencia demostrada de personal médico titulado. Asimismo, los pasantes se sujetarán de forma estricta a los lineamientos, cantidades máximas, temporalidad y tipos específicos de estupefacientes que determine la Secretaría de Salud federal a través de sus disposiciones reglamentarias vigentes, eliminando cualquier margen de discrecionalidad en la práctica médica de campo.
La justificación estadística de la reforma radica en las auditorías de cobertura de los servicios de salud en las comunidades aisladas de México, donde la ausencia temporal o permanente de médicos adscritos interrumpe los esquemas analgésicos básicos. Los pacientes con dolor oncológico, necesidades de cuidados paliativos, padecimientos postquirúrgicos, enfermedades degenerativas, lesiones traumáticas o patologías crónicas sufren retrasos de hasta 30 días en la renovación de sus recetas debido a la falta de personal con cédula profesional autorizada para firmar narcóticos.
El dictamen técnico argumenta que la reforma optimizará la capacidad operativa de las unidades médicas rurales al delegar la continuidad administrativa y clínica del tratamiento preestablecido, reduciendo el gasto de traslado de los pacientes hacia hospitales regionales de segundo nivel. Al ordenar institucionalmente estas actuaciones dentro de un marco legal transparente, la iniciativa busca proteger jurídicamente al personal médico en formación, quienes frecuentemente enfrentan dilemas éticos y presiones comunitarias ante la urgencia de aliviar el dolor de la población.
La propuesta legislativa enfatiza un principio restrictivo, supervisado y subordinado, rechazando cualquier intento de ampliación indiscriminada de facultades o de permitir la prescripción autónoma de sustancias controladas en el territorio nacional. Con este esquema, la Secretaría de Salud mantendrá la fiscalización total de la cadena de distribución y consumo de estupefacientes de uso médico, garantizando que el fortalecimiento de la atención primaria en comunidades vulnerables no vulnere los mecanismos de vigilancia sanitaria del Estado mexicano.
