Por Bruno Cortés
El respaldo parlamentario a las denuncias de mujeres víctimas de violencia física, emocional, vicaria y económica, encabezado por el diputado Felipe Miguel Delgado Carrillo, pone de relieve una de las fracturas estructurales más complejas en la arquitectura jurídica del Estado mexicano.
La violencia vicaria, conceptualizada formalmente en años recientes dentro del marco normativo latinoamericano, representa una manifestación extrema del dominio patriarcal en el ámbito familiar, donde el daño indirecto a través de la infancia busca quebrantar el bienestar psíquico y social de la madre.
El tratamiento de estos casos en los tribunales mexicanos refleja la persistencia de sesgos de género arraigados en el derecho positivo, donde con frecuencia se desvincula la agresión económica y emocional de las valoraciones sobre la custodia de los hijos, perpetuando la vulnerabilidad de las mujeres.
La evolución legislativa que inició con la promulgación de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en 2007 ha enfrentado constantes resistencias para su efectiva implementación en las 32 entidades federativas, debido a la falta de homologación de los códigos penales y civiles.
En el contexto regional, México se sitúa ante el desafío de coordinar el sistema de protección a la niñez con las garantías procesales de las madres, en un panorama donde la coerción económica mediante la omisión alimentaria opera como una estrategia deliberada de sometimiento.
Las consecuencias psicosociales de estas dinámicas se extienden al desarrollo integral de los menores de edad, convertidos en instrumentos de disputa legal y privados de un entorno familiar libre de violencia, lo que impacta directamente en el tejido social a largo plazo.
La demanda de un cambio de paradigma formulada en San Lázaro interpela no solo a las fiscalías y tribunales, sino a la estructura estatal en su conjunto, requiriendo un compromiso de armonización normativa que garantice la equidad de género en la impartición de justicia.
