ARTICLE 19 alerta riesgos a la libertad de expresión por ley publicitaria

0

A unos días de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación analice la constitucionalidad de la Ley General de Comunicación Social, ARTICLE 19 México, junto con organizaciones y activistas, advirtió que la norma mantiene riesgos estructurales para la libertad de expresión y el derecho a la información en el país. El pronunciamiento subraya que, pese a los criterios retomados por la Corte sobre reglas claras en la asignación de publicidad oficial, persisten vacíos que abren la puerta a usos discrecionales de recursos públicos.

CY3YKL25BJFFZLROHC7LWCCKN4

Por Juan Pablo Ojeda

 

A unos días de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación analice la constitucionalidad de la Ley General de Comunicación Social, ARTICLE 19 México, junto con organizaciones y activistas, advirtió que la norma mantiene riesgos estructurales para la libertad de expresión y el derecho a la información en el país. El pronunciamiento subraya que, pese a los criterios retomados por la Corte sobre reglas claras en la asignación de publicidad oficial, persisten vacíos que abren la puerta a usos discrecionales de recursos públicos.

De acuerdo con el colectivo, uno de los principales problemas de la ley es que no contempla la creación de un órgano autónomo encargado de supervisar y fiscalizar la publicidad oficial. En cambio, la administración de estos recursos queda en manos de la Secretaría de Gobernación, dependencia del Poder Ejecutivo, lo que concentra el control y debilita la independencia institucional necesaria para evitar un uso político de la comunicación social.

ARTICLE 19 reconoce que la SCJN plantea que la fiscalización corresponde a la Auditoría Superior de la Federación y, en el ámbito local, a las contralorías estatales. Sin embargo, advierte que estos mecanismos operan de manera posterior al ejercicio del gasto, lo que impide corregir decisiones arbitrarias en tiempo real y deja en indefensión a los medios afectados por asignaciones discrecionales.

Otro punto crítico es la figura del “mensaje extraordinario”. Aunque la Corte interpreta que su uso se limita a situaciones imprevistas o urgentes, la organización considera que la redacción actual es ambigua y permite amplios márgenes de discrecionalidad. Sin definiciones claras ni salvaguardas estrictas, esta excepción podría convertirse en una vía recurrente para eludir las reglas ordinarias de contratación.

En materia de inclusión, el colectivo cuestiona que la ley no establezca criterios diferenciados para garantizar la participación de medios comunitarios, locales o independientes. Si bien la SCJN sostiene que la norma es incluyente, ARTICLE 19 advierte que la igualdad formal no corrige las desigualdades históricas que enfrentan estos medios frente a grandes corporativos.

Ante este escenario, las organizaciones firmantes exhortaron tanto a la Suprema Corte como al Congreso de la Unión a corregir las deficiencias legislativas. Insistieron en que una reforma de fondo debe incorporar controles preventivos, criterios objetivos y medidas específicas que limiten la discrecionalidad, fortalezcan la transparencia y garanticen plenamente la libertad de expresión y el derecho a la información en México.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *